El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) es un régimen que permite gozar de los beneficios de ser formal, emitir facturas e informar bimestralmente las ventas y gastos.
Las personas que pueden ser sujetas al RIF son personas físicas con actividades empresariales que obtengan ingresos de hasta dos millones de pesos anuales y realicen:
- Venta de bienes, como, papelería, tienda de abarrotes, carnicería, frutería, dulcería, tianguista, entre otros.
- Prestación de servicios que no requieran título profesional.
- Venta de Productos por los que obtienen una comisión, siempre que no sea superior de 30% de tus ingresos totales.
Adicionalmente, se pueden obtener ingresos por:
- Sueldos o salarios.
- Asimilados a salarios
- Arrendamiento de casa habitación o local comercial.
- Intereses.
- Plataformas tecnológicas.