Así como el SAT puede expedir certificados de sellos también los puede cancelar, por lo tanto, no se podrá realizar ninguna acción con estos cuando sean cancelados.

El código fiscal de la federación en su artículo 17-H indica que el sello digital puede ser cancelado si hay irregularidades en el pago de impuestos.

Las autoridades han declarado las causas por las cuales se realiza la cancelación de los certificados:

  • Cuando los datos no se encuentran actualizados.
  • Si el contribuyente es sospechoso de encubrir delitos fiscales, contrabando o defraudación fiscal.
  • Cuando el contribuyente omita más de tres declaraciones periódicas.

Como se comento al inicio la consecuencia de la cancelación del sello digital es la imposibilidad de expedir facturas, que a su vez impide pedir créditos fiscales y realizar ventas.

Por francia

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